viernes, 22 de noviembre de 2024 00:00h.

Rincón de la Victoria aprueba la bajada del 0,92% a 0,89% del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)

La sesión plenaria del Ayuntamiento de Rincón de la Victoria aprobó el pasado 25 de octubre de manera inicial la modificación sobre los tipos de gravamen aplicado para los Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana (IBI), que pasa de 0,92 a 0,89 puntos.

Fachada del Ayuntamiento de Rincón de la Victoria
Fachada del Ayuntamiento de Rincón de la Victoria

Esta bajada del tipo impositivo “amortiguará el incremento interanual del 10% de las bases liquidables”, según señala el edil de Hacienda, Antonio Fernández (PP), quien ha anunciado que “tenemos previsto una bajada progresiva del impuesto superando la barrera del 0,87% en el 2019”.

Con esta nueva medida, el alcalde del municipio, Francisco Salado (PP) ha señalado que “este gobierno sigue trabajando para reducir las cargas fiscales a nuestros ciudadanos, apostando por nuevas inversiones para la mejora de infraestructuras y servicios públicos”. Por su parte, Salado ha adelantado que “en el próximo Pleno presentaremos la propuesta de bonificación del 95% de la plusvalía, por transmisión de herencia mortis causa sobre la vivienda habitual, contemplada en el Acuerdo de Investidura con Ciudadanos”.

Tras la aprobación inicial a la modificación de la ordenanza, se abre un plazo de 30 días de recepción de alegaciones, para prediciblemente proceder a su aprobación definitiva en el Pleno del mes de diciembre.

La propuesta de acuerdo fue aprobada por todas las formaciones políticas, a excepción del PSOE que mostró su abstención.

Subvenciones IBI

Por su parte el regidor, ha recordado “las distintas ayudas que los ciudadanos pueden solicitar para hacer frente al pago del IBI”.

Entre estas, se encuentra una ayuda para empadronamiento, del 25% de la cuota y otra ayuda del 50% para las personas que reunan los requisitos que están contemplados en el reglamento y que se pueden consultar en la página web municipal: http://www.rincondelavictoria.es/subvenciones-municipales/cat/economia-y-hacienda-2

Los beneficiarios de esta ayuda son las personas físicas que los ingresos mensuales de la unidad familiar no superen en 1,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), es decir, 798,77 euros, ponderándose esta cantidad en función del número de miembros que estén empadronados en la vivienda: (un miembro no deberá superar los ingresos mensuales de 798,77 euros, dos miembros 998,77 euros, y así de forma sucesiva).