Entrevista con el doctor en Derecho y abogado
Abdeslam Lucena: “El preconcurso y la Ley de segunda oportunidad pueden ser un salvavidas para el empresario ante la pandemia”
Abdeslam Lucena es doctor en Derecho, profesor de la facultad de Derecho de Málaga y abogado con despachos en la Avenida Andalucía de Torre del Mar y en la Calle Velázquez de Madrid.
PREGUNTA.- ¿Cómo ve la situación económica para la empresa y el autónomo con el Covid-19?
RESPUESTA.- Humildemente, y ojalá me equivoque, se avecina una avalancha de solicitudes de concurso de acreedores; por ello, es interesante tener en cuenta otras alternativas más viables y menos drásticas, como el preconcurso, que puedan ayudar al empresario autónomo y a sus acreedores a superar esta situación, permitiendo que la empresa sobreviva y pueda seguir desarrollando su actividad.
» Bien planteado, el preconcurso no tiene que culminar con la entrada en concurso de la empresa si en su plazo se subsana la situación de insolvencia, por ejemplo, con el éxito de la refinanciación, con cambios internos en la mercantil, todo ello puede aportar un periodo de 4 meses muy útiles para superar la crisis.
» Ante la difícil situación que estamos viviendo, toca que las empresas comiencen a explorar las vías legales para afrontar una posible situación de insolvencia y, en muchos casos, el concurso de acreedores puede ser la herramienta adecuada, aunque a priori puede resultar una solución muy drástica. Es interesante tener en cuenta que el preconcurso, puede ayudar al empresario y a sus acreedores a superar esta situación, permitiendo que la empresa adopte las medidas necesarias para su viabilidad.
» Un detalle: desde el 11 de agosto, fecha en la que se reanudaron los plazos procesales, hasta el día de hoy, estamos trabajando, principalmente en el despacho de Madrid, en más de 10 solicitudes de preconcurso; ya se han presentado y admitido 7 preconcursos, y por las llamadas que recibimos se aproximan más.
P.- ¿Cómo se dirige un despacho de abogados en Madrid desde Málaga con esta pandemia?
R.- Bueno, en condiciones normales, yo voy a Madrid, al menos 3 o 4 veces al mes, lo compatibilizo con mi docencia en la Facultad de Derecho de Málaga, aunque desde agosto que estuve -el 25 y 26-, no he vuelto a subir por las condiciones derivadas del Covid-19, pero además de contar con un gran equipo de personas colaborando conmigo, yo creo que el teletrabajo ha significado un antes y un después en nuestras vidas: hemos conocido una nueva forma de trabajar impensable hace un año: hoy en día puedes hacer un Skype con un cliente y tratar con garantías cualquier problemática dando respuesta y soluciones al instante como si estuviéramos en el despacho físicamente, estoy en contacto permanente con el día a día del despacho.
P.- ¿Le parece suficiente el apoyo del Gobierno al autónomo o a la pequeña y mediana empresa?
R.- El Gobierno de la nación, como era de esperar, está más preocupado en su supervivencia política que en la del tejido empresarial, prueba manifiesta es que el autónomo y la pequeña y mediana empresa están abandonados por este ejecutivo de pandereta, no hay un criterio claro ni una política de ayudas que prioricen y beneficien el mantenimiento o la generación de empleo, esto provoca que muchas empresas, motivado por el pacto de los ERTES y a tenor de lo previsto en el artículo 5.2 de la Ley Concursal, tengan que presentar el preconcurso de acreedores como única vía para poder despedir, ante la falta de ayudas e incentivos para mantener el empleo.
P.- ¿Qué consejos le daría al autónomo que lo está pasando económicamente mal por la bajada de ventas o ingresos y no ve futuro?
R.- Principalmente, que no se puede tirar la toalla. Nuestro ordenamiento jurídico establece mecanismos para afrontar la problemática que se pueda presentar con garantías, y un buen asesoramiento puede permitirte enfocar con futuro cualquier situación que se presente, un claro ejemplo que hemos utilizado mucho durante estos años es precisamente la Ley de segunda oportunidad, regulada en el Real Decreto Ley 1/2015, que permite al deudor abrumado por sus deudas, renegociarlas o incluso eliminarlas de forma total o parcial, es el único mecanismo legal que permite a personas físicas librarse de parte de sus obligaciones económicas.
» Otra posibilidad es la petición mediante demanda de la aplicación de la cláusula rebus sic stantibus. Recientemente, el Juzgado de Primera Instancia número 81 de Madrid dictó un auto, de fecha 25 de septiembre de 2020, donde acuerda la adopción de una medida cautelar solicitada por el arrendatario en virtud de esta cláusula, y resuelve dejar sin efecto el alquiler de un céntrica discoteca de Madrid desde el 14 de marzo por no poder abrirse por causa de la pandemia, eximiendo del pago de los 15.000 euros mensuales que se pagaban de renta hasta que pueda abrir y reduce la renta un 50%, es decir, a 7.500 euros mensuales desde que se permita la reapertura del local.
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